Cómo abrir una empresa en España siendo extranjero
Última actualización: 29.07.2026
Abrir una empresa en España siendo extranjero es posible, pero el camino depende de tu situación concreta: de dónde vienes, si ya resides en el país, qué tipo de actividad quieres desarrollar y si vas a trabajar directamente en el negocio o solo a ser propietario.
España atrae a emprendedores de muchos países por su acceso al mercado europeo, su calidad de vida y un marco jurídico consolidado. Aun así, los trámites no son iguales para un ciudadano de la Unión Europea que para una persona de fuera de la UE, y los requisitos cambian según la forma jurídica que elijas.
En esta guía verás qué necesita una persona extranjera para constituir una empresa en España: desde obtener el NIE hasta registrarse en Hacienda y la Seguridad Social, pasando por la elección de la forma jurídica, la fiscalidad, la contratación de empleados y la configuración de pagos con tarjeta para el negocio.
Tabla de contenidos
- ¿Puede un extranjero abrir una empresa en España?
- Antes de nada: el NIE y el NIF
- Qué tipo de empresa conviene abrir siendo extranjero en España
- El visado de emprendedor: vivir y crear una empresa en España siendo no comunitario
- Requisitos y trámites para constituir una empresa en España
- Fiscalidad: impuestos, IVA e IRPF para extranjeros con empresa en España
- Cuenta de empresa, TPV y pagos: lo que necesita tu negocio en España
- Contratar empleados siendo extranjero en España
- Actividades reguladas: licencias, seguros y autorizaciones sectoriales
- La gestoría: tu aliada para gestionar la burocracia española
- Guía práctica paso a paso: cómo abrir tu empresa en España
- Conclusión
¿Puede un extranjero abrir una empresa en España?
Sí. Una persona extranjera puede crear una empresa en España o darse de alta como autónomo, pero los requisitos no son iguales para todos los perfiles. La clave no es solo tu nacionalidad, sino también si vas a residir en España, si quieres trabajar directamente en el negocio y qué tipo de actividad vas a desarrollar.
La distinción más importante es entre ciudadanos de la UE, del Espacio Económico Europeo o de Suiza, por un lado, y ciudadanos de países no comunitarios, por otro. También conviene diferenciar entre invertir o participar como socio en una empresa española y trabajar personalmente en ella.
Ciudadano de la UE, el EEE o Suiza: el camino más directo
Si vienes de un país de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza, puedes trabajar como autónomo o constituir una sociedad en España en condiciones similares a las de un ciudadano español. En general, no necesitas un permiso de trabajo previo para ejercer una actividad por cuenta propia.
Aun así, tendrás que completar trámites administrativos. Entre los más importantes están obtener el NIE, darte de alta en Hacienda y, si trabajas como autónomo, tramitar el alta correspondiente en la Seguridad Social. Si vas a residir en España durante más de tres meses, también deberás solicitar el Certificado de Registro de Ciudadano de la Unión mediante el modelo EX-18, siempre que cumplas los requisitos aplicables.
Ciudadano no comunitario: qué opciones existen
Si vienes de un país de fuera de la UE, el proceso depende de tu situación migratoria y del papel que vayas a tener en el negocio. Para trabajar por cuenta propia en España, por lo general necesitas una autorización de residencia y trabajo por cuenta propia, que se tramita por la vía de extranjería correspondiente y está vinculada a la actividad aprobada.
Otra opción es el visado o la autorización para emprendedores, pensada para personas extranjeras mayores de edad que quieren desarrollar en España una actividad emprendedora y empresarial de carácter innovador con especial interés económico para el país. Es una vía distinta del alta ordinaria como autónomo y requiere que el proyecto sea valorado por las autoridades competentes.
También puedes participar como socio o propietario de una empresa española sin residir en España, pero eso no significa automáticamente que puedas trabajar en el negocio desde territorio español. La empresa deberá cumplir sus obligaciones fiscales, registrales y societarias en España, y en algunos casos puede ser necesario nombrar representantes o cumplir requisitos adicionales según el país de residencia, la actividad y los convenios aplicables. Antes de tomar una decisión, conviene revisar el caso con un asesor fiscal y de extranjería.
Antes de nada: el NIE y el NIF
El primer paso concreto para cualquier persona extranjera que quiera operar legalmente en España es tener un número de identificación. Hay dos conceptos clave, y conviene no confundirlos: el NIE y el NIF.
El NIE: el número de identidad del extranjero
El NIE, o Número de Identidad de Extranjero, es el número que identifica a las personas extranjeras en España cuando tienen intereses económicos, profesionales o sociales relacionados con el país. En la práctica, lo necesitarás para la mayoría de trámites vinculados a la creación y gestión de un negocio: operaciones con la Agencia Tributaria, inscripción en registros públicos, firma de escrituras, alta como autónomo o constitución de una sociedad.
Puedes solicitar el NIE en España, ante la Oficina de Extranjería o una comisaría de policía habilitada, o desde el extranjero, a través de la oficina consular española correspondiente. Por lo general, tendrás que presentar el formulario EX-15, tu pasaporte o documento de identidad en vigor y la documentación que justifique el motivo de la solicitud, como el inicio de una actividad económica.
El NIE por sí solo no te concede residencia legal ni permiso para trabajar en España. Es un número de identificación, no una autorización de estancia, residencia o trabajo.
El NIF: número de identificación fiscal para personas y empresas
El NIF, o Número de Identificación Fiscal, identifica a personas y entidades en sus relaciones con la Agencia Tributaria. En el caso de las personas extranjeras físicas, el NIF suele coincidir con el NIE. Para las sociedades y otras personas jurídicas, en cambio, la Agencia Tributaria asigna un NIF propio a la entidad, normalmente mediante el modelo 036 durante el proceso de constitución o alta censal.
Si una empresa extranjera va a operar en España, abrir una sucursal, tener un establecimiento permanente o participar en una sociedad española, también puede necesitar un NIF propio como entidad. En estos casos, la documentación exigida depende del tipo de entidad, del país de origen y de si actúa directamente o mediante representante.
Qué tipo de empresa conviene abrir siendo extranjero en España
La forma jurídica que elijas afecta a la fiscalidad, la responsabilidad personal, los trámites de registro y las obligaciones ante la Seguridad Social. No existe una única respuesta correcta: depende del tipo de actividad, de si trabajas solo o con socios, de si vas a residir en España y del volumen de ingresos previsto.
Autónomo o trabajador por cuenta propia
El régimen de autónomo puede ser la opción más sencilla para empezar a facturar de forma individual. No exige capital mínimo ni escritura notarial, pero sí requiere darte de alta en Hacienda, normalmente mediante el modelo 036 o 037, y en la Seguridad Social, a través del RETA.
Como autónomo, respondes de las deudas de la actividad con tu patrimonio personal. Por eso suele ser una fórmula adecuada para actividades con costes iniciales bajos, pocos riesgos operativos y una estructura sencilla.
Existe una cuota reducida para nuevas altas de autónomos, conocida como tarifa plana. Su importe, duración y requisitos pueden cambiar según la normativa vigente, por lo que conviene verificarlos con la Seguridad Social o con una gestoría antes de darte de alta.
En cuanto a la fiscalidad, el autónomo tributa por IRPF y, cuando corresponde, debe gestionar el IVA mediante declaraciones periódicas ante Hacienda.
Sociedad Limitada (SL) y Sociedad Limitada Unipersonal (SLU)
La Sociedad Limitada es una de las formas jurídicas más habituales para emprender en España cuando se quiere separar el patrimonio personal del empresarial. Su principal ventaja es la responsabilidad limitada: con carácter general, los socios responden solo hasta el capital aportado, aunque pueden existir excepciones si hay avales personales, deudas asumidas directamente o responsabilidades de administración.
Desde la Ley Crea y Crece, el capital mínimo legal para constituir una SL es de 1 euro. Aun así, cuando el capital social es inferior a 3.000 euros se aplican reglas de protección adicionales, como la obligación de destinar parte de los beneficios a reserva legal hasta alcanzar ese umbral y la responsabilidad solidaria de los socios por la diferencia en caso de liquidación con patrimonio insuficiente. Por eso, en la práctica, muchas empresas siguen optando por aportar 3.000 euros desde el inicio.
Para constituir una SL suelen ser necesarios varios pasos: reservar la denominación social en el Registro Mercantil Central, preparar los estatutos, firmar la escritura pública ante notario, obtener el NIF de la sociedad e inscribirla en el Registro Mercantil provincial. Los plazos pueden variar según la vía elegida, la notaría, el registro y la documentación disponible.
La SLU, o Sociedad Limitada Unipersonal, es una SL con un único socio. Puede ser una opción útil para emprendedores extranjeros que quieren operar mediante sociedad, pero sin incorporar otros socios al proyecto. Funciona, en general, con las mismas reglas que una SL ordinaria, con la particularidad de que la unipersonalidad debe declararse e inscribirse.
Las SL y SLU tributan por el Impuesto sobre Sociedades. Con carácter general, el tipo es del 25 %, aunque las entidades de nueva creación pueden aplicar un tipo reducido del 15 % en el primer periodo impositivo con base imponible positiva y en el siguiente, siempre que cumplan los requisitos.
Sucursal de empresa extranjera
Una empresa constituida fuera de España puede operar en el país a través de una sucursal. Esta vía puede ser útil cuando ya existe una sociedad matriz en otro país y se quiere abrir una presencia estable en el mercado español sin constituir una sociedad independiente.
La sucursal genera obligaciones fiscales, contables y registrales en España, y conviene analizarla con asesoramiento especializado, porque la estructura, la responsabilidad y la tributación dependen del país de origen, de la actividad y de si existe establecimiento permanente.
Otras formas: SA, agente comercial y presencia digital
La Sociedad Anónima (SA) exige un capital mínimo de 60.000 euros y suele reservarse para proyectos de mayor tamaño, inversión más elevada o necesidades específicas de financiación. No suele ser la primera opción para un pequeño emprendedor extranjero.
También existen otras formas de entrada al mercado, como trabajar con un agente comercial, operar a través de una filial o vender digitalmente desde el extranjero. En modelos de e-commerce dirigidos a clientes españoles o europeos, conviene revisar si hay obligaciones de IVA, registro fiscal o uso de regímenes de ventanilla única como OSS o IOSS. En estos casos, el asesoramiento fiscal internacional es especialmente importante.
El visado de emprendedor: vivir y crear una empresa en España siendo no comunitario
Si eres ciudadano de un país de fuera de la UE y quieres trasladarte a España para desarrollar un proyecto empresarial, una de las vías posibles es la autorización para emprendedores regulada por la Ley 14/2013. Está pensada para personas extranjeras mayores de 18 años que quieren iniciar, desarrollar o dirigir en España una actividad emprendedora y empresarial de carácter innovador y con especial interés económico para el país.
Requisitos de la autorización para emprendedores
Para acceder a esta vía, tendrás que acreditar, entre otros aspectos:
- Un proyecto innovador con especial interés económico para España.
- Un plan de negocio sólido, que describa el proyecto, el producto o servicio, la financiación prevista, la inversión necesaria y las posibles fuentes de financiación.
- Un informe favorable, emitido por ENISA, que valora el perfil profesional del solicitante, su implicación en el proyecto, el plan de negocio y los elementos que puedan aportar valor añadido, innovación u oportunidades de inversión para la economía española.
- Medios económicos suficientes, según los criterios vigentes en el momento de la solicitud.
- Seguro médico público o privado con cobertura en España, cuando corresponda.
- Ausencia de antecedentes penales en los términos exigidos por la normativa.
- Ser mayor de 18 años y encontrarte en situación regular si ya estás en territorio español.
La autorización de residencia para actividad empresarial tiene validez en todo el territorio nacional y una vigencia inicial de tres años. Una vez cumplido ese plazo, puede solicitarse la renovación por dos años y, si se cumplen los requisitos, la residencia permanente a los cinco años de residencia legal continuada.
Si estás fuera de España, la solicitud de autorización y visado se tramita de forma simultánea mediante una única solicitud. Si ya estás en España con una autorización de estancia o residencia válida, puedes iniciar el procedimiento desde territorio español por la vía correspondiente.
Importante: esta autorización está vinculada al proyecto emprendedor que justifica la solicitud. Si quieres trabajar para un empleador distinto o desarrollar otra actividad no cubierta por la autorización, conviene consultar antes con un asesor especializado en extranjería.
La residencia para inversores: lo que ha cambiado
La residencia para inversores de la Ley 14/2013, conocida en muchos casos como Golden Visa, dejó de estar disponible con efectos desde el 3 de abril de 2025. El cambio dejó sin contenido los artículos de la ley que regulaban el visado y la autorización de residencia para inversores, incluidas sus formas de acreditación y duración.
Las solicitudes presentadas antes de esa fecha y las autorizaciones que ya estuvieran vigentes pueden tener un régimen transitorio. Por eso, si ya habías iniciado un trámite o tienes una autorización anterior, conviene revisar tu caso con un asesor en extranjería antes de tomar decisiones.
Como alternativa, una persona no comunitaria que quiera residir en España con un proyecto económico puede valorar otras vías, como la autorización para emprendedores, si el proyecto es innovador, o la autorización para teletrabajadores de carácter internacional, si trabaja a distancia para empresas situadas fuera de España. Son figuras distintas, con requisitos diferentes, y no conviene tratarlas como equivalentes.
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Requisitos y trámites para constituir una empresa en España
Estos son los pasos más habituales para constituir una empresa en España. El orden y la documentación pueden variar según la forma jurídica elegida, tu situación de residencia y la actividad que vayas a desarrollar.
Paso 1: obtener el NIE
El NIE es imprescindible para la mayoría de trámites fiscales, registrales y administrativos vinculados a la actividad económica. Puedes solicitarlo en España, ante la Oficina de Extranjería o una comisaría de policía habilitada, o desde el extranjero, a través del consulado español correspondiente. Por lo general, tendrás que presentar el formulario EX-15, tu pasaporte o documento de identidad en vigor y una justificación del motivo de la solicitud, como el inicio de una actividad económica.
Si eres ciudadano de la UE, del EEE o de Suiza y vas a residir en España más de tres meses, también deberás solicitar el Certificado de Registro de Ciudadano de la Unión mediante el modelo EX-18, siempre que cumplas las condiciones aplicables.
Paso 2: reservar el nombre en el Registro Mercantil Central
Para constituir una SL, tendrás que solicitar la certificación negativa de denominación social en el Registro Mercantil Central. Este certificado acredita que el nombre elegido para la sociedad no está ya registrado.
La certificación tiene una vigencia de tres meses a efectos de otorgamiento de la escritura pública. Por eso conviene no solicitarla demasiado pronto si todavía no tienes preparada la documentación necesaria para acudir al notario.
Paso 3: depositar el capital social y firmar ante notario
Con el nombre reservado, llega el momento de preparar la escritura de constitución. Si aportas capital dinerario, lo habitual es abrir una cuenta a nombre de la sociedad en constitución y aportar el certificado correspondiente al notario.
La ley permite constituir una SL con un capital mínimo de 1 euro, aunque cuando el capital social es inferior a 3.000 euros se aplican reglas de protección adicionales. Por eso, muchas sociedades siguen aportando 3.000 euros desde el inicio para operar con más normalidad.
La escritura pública de constitución incluye los estatutos sociales, los datos de los socios y administradores, el domicilio social, el objeto de la empresa y el capital desembolsado. Los costes de notaría y registro pueden variar según la vía de constitución, la complejidad de la sociedad y los servicios profesionales que contrates.
Paso 4: alta en Hacienda con el modelo 036 o 037
Tanto los autónomos como las sociedades deben comunicar el inicio de actividad a la Agencia Tributaria mediante una declaración censal. El modelo 036 es el formulario general; el modelo 037 es una versión simplificada disponible solo para determinados casos de personas físicas.
Este trámite sirve para darte de alta en el censo de empresarios, profesionales y retenedores, solicitar o comunicar el NIF cuando corresponda y definir datos clave de la actividad. También permite informar del epígrafe del IAE y de otros aspectos fiscales relacionados con IVA, IRPF, retenciones u obligaciones censales.
Aunque muchas personas físicas y muchas pequeñas empresas están exentas de pagar el IAE, la clasificación de la actividad sigue siendo relevante para Hacienda. Si tienes dudas sobre el epígrafe correcto o el régimen fiscal aplicable, conviene revisarlo con una gestoría antes de presentar el alta.
Paso 5: alta en la Seguridad Social
Si vas a trabajar como autónomo, tendrás que darte de alta en el RETA, el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos. El alta debe tramitarse antes de iniciar la actividad y puede presentarse con una antelación máxima de 60 días.
Las sociedades también pueden generar obligaciones ante la Seguridad Social, especialmente cuando los socios o administradores trabajan en la empresa o cuando se contrata personal. En estos casos, conviene revisar el encuadramiento correcto antes de empezar a operar.
Si eres ciudadano no comunitario, recuerda que una estancia turística no te permite trabajar como autónomo en España. Para ejercer una actividad por cuenta propia necesitarás la autorización correspondiente antes de completar el alta y comenzar la actividad.
Paso 6: inscripción en el Registro Mercantil provincial
Si constituyes una SL, la escritura pública debe inscribirse en el Registro Mercantil de la provincia donde esté el domicilio social. La sociedad adquiere personalidad jurídica con la inscripción, y a partir de ese momento puede operar con plena forma societaria.
Durante el proceso, la empresa puede contar con un NIF provisional. Una vez inscrita y plenamente constituida, deberá completar los trámites necesarios ante la Agencia Tributaria para disponer del NIF definitivo.
Fiscalidad: impuestos, IVA e IRPF para extranjeros con empresa en España
La fiscalidad de un fundador extranjero depende, ante todo, de si eres residente fiscal en España o no. En términos generales, una persona física se considera residente fiscal en España si permanece más de 183 días durante el año natural en territorio español, o si tiene en España el núcleo principal o la base de sus actividades o intereses económicos. Si también puedes ser considerado residente fiscal en otro país, los convenios de doble imposición ayudan a resolver posibles conflictos de residencia y tributación.
IVA en España: tipos y obligaciones
El IVA, o Impuesto sobre el Valor Añadido, tiene en España un tipo general del 21 %. También existen tipos reducidos del 10 % y del 4 %, además de casos específicos con otros tratamientos. El tipo aplicable depende del producto, del servicio y de la operación concreta.
Las empresas y autónomos deben repercutir el IVA cuando corresponde, soportar el IVA de sus proveedores y presentar las autoliquidaciones periódicas que sean aplicables. En muchos casos, esto se hace de forma trimestral, aunque puede variar según el régimen fiscal y la situación de cada negocio.
IRPF, Impuesto sobre Sociedades y Seguridad Social
Si trabajas como autónomo, tributas por IRPF. Según el régimen aplicable, puedes tener que presentar pagos fraccionados mediante el modelo 130, en estimación directa, o el modelo 131, en estimación objetiva. Además, deberás presentar la declaración anual de la renta cuando corresponda.
Las sociedades, como una SL, tributan por el Impuesto sobre Sociedades. Con carácter general, el tipo es del 25 %, aunque pueden existir tipos reducidos o reglas especiales. Las entidades de nueva creación que realizan actividades económicas pueden aplicar un tipo reducido del 15 % en el primer periodo impositivo con base imponible positiva y en el siguiente, siempre que cumplan los requisitos.
Las cuotas a la Seguridad Social se pagan de forma periódica y dependen del régimen aplicable. En el caso de los autónomos, la cotización se vincula al sistema de rendimientos netos y a los tramos vigentes. Las nuevas altas pueden acceder a una cuota reducida si cumplen los requisitos, pero el importe y las condiciones deben verificarse siempre con la Seguridad Social o con una gestoría antes de iniciar la actividad.
Para empresas extranjeras que venden digitalmente a clientes en España o en otros países de la Unión Europea sin establecimiento permanente, puede resultar aplicable el régimen de ventanilla única del IVA, conocido como OSS, o el régimen IOSS para determinadas importaciones. En estos casos, contar con asesoramiento fiscal especializado en operaciones internacionales es especialmente importante.
Cuenta de empresa, TPV y pagos: lo que necesita tu negocio en España
Configurar la infraestructura financiera desde el primer día es tan importante como completar los trámites de registro. Necesitas separar los fondos del negocio, elegir cómo vas a cobrar y asegurarte de que tus clientes puedan pagar de forma cómoda.
Abrir una cuenta para la empresa
Si constituyes una SL y vas a aportar capital dinerario, lo habitual es abrir una cuenta a nombre de la sociedad en constitución y aportar el justificante correspondiente al notario. Para los autónomos, no siempre es obligatorio tener una cuenta separada, pero sí es muy recomendable para ordenar ingresos, gastos, impuestos y pagos profesionales.
Las entidades financieras pueden aplicar controles adicionales cuando el fundador es extranjero, especialmente si no reside en España. Entre la documentación habitual pueden pedir el NIE o NIF, pasaporte, justificante de domicilio, información sobre la actividad, origen de los fondos y, en algunos casos, un plan de negocio o previsiones de ingresos.
Además de la banca tradicional, existen proveedores de servicios de pago y dinero electrónico que ofrecen cuentas de empresa y herramientas de cobro integradas. En el caso de myPOS, la cuenta de empresa es una cuenta de dinero electrónico multidivisa con IBAN de Irlanda, en la que se liquidan los fondos procedentes de pagos con tarjeta. Antes de contratar cualquier solución, revisa siempre las condiciones, tarifas y requisitos aplicables.
Bizum y otros métodos de pago en el mercado español
Bizum es una referencia del ecosistema de pagos en España. Cerró 2025 con 30,6 millones de usuarios y se ha consolidado también en el comercio electrónico: según datos de la propia plataforma, es ya el segundo medio de pago favorito en e-commerce en España, con una cuota que comercios y entidades sitúan entre el 20 % y el 30 %.
Para la mayoría de negocios físicos, aceptar pagos con tarjeta, contactless y carteras digitales como Apple Pay o Google Pay sigue siendo una parte básica de la experiencia de compra. Aceptar solo efectivo puede limitar las opciones del cliente y hacer más difícil el seguimiento ordenado de los cobros.
Aceptar pagos con tarjeta: el TPV para negocios extranjeros en España
Un TPV, o Terminal Punto de Venta, es una herramienta clave para muchos negocios físicos en España. Permite aceptar pagos con tarjeta, contactless y carteras digitales, y ayuda a disponer de un registro más ordenado de las operaciones del día a día.
Para un fundador extranjero, contar con una solución de cobro independiente de la banca tradicional puede ser útil si quiere gestionar pagos, terminales y cuenta de empresa desde un mismo entorno. Aun así, conviene revisar siempre los requisitos de alta, la documentación solicitada, las tarifas y los sectores admitidos antes de elegir proveedor.
myPOS ofrece terminales de pago para negocios de distintos tamaños. Con sus datáfonos puedes aceptar pagos con tarjeta y contactless, y los fondos de las transacciones pueden llegar a tu cuenta myPOS en cuestión de segundos, una vez aprobado el pago. La cuenta myPOS es una cuenta de dinero electrónico para empresas, no una cuenta bancaria tradicional.
Contratar empleados siendo extranjero en España
Contratar personal en España implica cumplir con la normativa laboral, la Seguridad Social y los convenios colectivos aplicables a tu sector. Antes de incorporar a alguien al equipo, conviene revisar qué tipo de contrato corresponde, qué salario y jornada establece el convenio y qué obligaciones debe cumplir la empresa como empleadora.
En muchos casos, el contrato debe formalizarse por escrito, especialmente cuando se trata de contratos temporales de más de cuatro semanas, contratos a tiempo parcial, fijos discontinuos, contratos formativos o trabajo a distancia. Además, la empresa debe comunicar el contenido del contrato al servicio público de empleo en el plazo legal correspondiente.
Cada empleado requiere, entre otros pasos, el alta previa en la Seguridad Social, una nómina con las retenciones que correspondan, las cotizaciones empresariales y el respeto de los descansos, vacaciones y demás condiciones fijadas por la normativa y el convenio aplicable.
También es importante distinguir bien entre un empleado y un profesional autónomo. Si un colaborador trabaja para tu empresa con horario fijo, dependencia, integración en la organización o instrucciones directas similares a las de un empleado, la relación podría ser considerada laboral, aunque se facture como autónomo. Para evitar problemas con la Inspección de Trabajo, conviene revisar siempre la estructura de la relación con un gestor laboral o un asesor especializado antes de empezar.
Desde el punto de vista operativo, algunas soluciones de TPV permiten configurar perfiles o accesos diferenciados para el personal. Así, un empleado puede procesar ventas sin tener necesariamente acceso a toda la información financiera del negocio.
Actividades reguladas: licencias, seguros y autorizaciones sectoriales
Constituir la empresa es solo una parte del proceso. Según la actividad que vayas a desarrollar, también puedes necesitar licencias municipales, declaraciones responsables, autorizaciones sectoriales, seguros obligatorios o la inscripción en registros específicos antes de empezar a operar.
El primer paso es consultar los requisitos del ayuntamiento donde estará el local o el domicilio de la actividad. Después, conviene revisar si la comunidad autónoma exige trámites adicionales para tu sector. Los requisitos no son iguales en toda España y pueden cambiar mucho de una ciudad a otra.
Algunos ejemplos de actividades con requisitos específicos son:
- Hostelería y restauración: puede requerir licencia o declaración responsable de actividad, cumplimiento de la normativa higiénico-sanitaria, procedimientos de autocontrol basados en APPCC y formación adecuada del personal que manipula alimentos. Si vendes alcohol o utilizas terraza, también tendrás que revisar la normativa municipal y autonómica aplicable.
- Peluquerías y centros de estética: suelen exigir licencia o declaración responsable, cumplimiento de normas higiénico-sanitarias y, en algunos casos, requisitos específicos para determinados tratamientos estéticos. La normativa puede variar según la comunidad autónoma y el tipo de servicio.
- Construcción, reformas y oficios técnicos: pueden requerir inscripción en registros, seguros, coordinación de prevención de riesgos laborales o habilitaciones concretas según el tipo de obra y la función que desempeñe la empresa.
- Servicios sanitarios y paramédicos: pueden exigir autorización sanitaria, colegiación profesional o reconocimiento de cualificaciones, según la profesión y el servicio prestado.
- Servicios financieros regulados: actividades como servicios de inversión, pagos, dinero electrónico, seguros o intermediación financiera pueden requerir autorización o registro ante organismos como la CNMV, el Banco de España o la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones.
- Agencias inmobiliarias: en algunas comunidades autónomas puede existir un registro específico de agentes inmobiliarios. Además, ciertas actividades de intermediación inmobiliaria están sujetas a obligaciones de prevención del blanqueo de capitales.
Si obtuviste tu cualificación profesional fuera de España y quieres ejercer una profesión regulada, no des por hecho que podrás hacerlo automáticamente. En muchos casos tendrás que solicitar el reconocimiento de tu cualificación ante la autoridad competente antes de empezar a prestar servicios.
También conviene revisar las condiciones del proveedor de TPV o servicios de pago que elijas. Algunos sectores están sujetos a controles adicionales o pueden quedar excluidos por razones regulatorias, de riesgo o de cumplimiento interno.
La gestoría: tu aliada para gestionar la burocracia española
Para un emprendedor extranjero, contar con una gestoría o asesoría fiscal y laboral puede marcar una gran diferencia. No siempre es obligatorio contratar una, pero sí suele ser muy recomendable cuando no conoces bien el sistema administrativo, fiscal y laboral español.
Una gestoría puede ayudarte a preparar trámites, presentar declaraciones, coordinar documentación y resolver dudas ante distintas administraciones. Esto es especialmente útil si vas a darte de alta como autónomo, constituir una sociedad, contratar empleados o realizar operaciones internacionales.
Entre las tareas habituales que una gestoría puede asumir para pequeñas empresas y autónomos están:
- Alta en Hacienda y en la Seguridad Social.
- Presentación de declaraciones de IVA, IRPF o Impuesto sobre Sociedades, según corresponda.
- Gestión de nóminas, contratos y altas o bajas de empleados.
- Apoyo en la constitución de sociedades y coordinación con notaría y Registro Mercantil.
- Revisión de obligaciones fiscales, contables y laborales.
- Orientación sobre licencias, autorizaciones o trámites sectoriales cuando aplique.
Antes de contratar una gestoría, revisa bien qué servicios incluye la cuota, qué trámites se cobran aparte y si tiene experiencia con emprendedores extranjeros, no residentes o actividades internacionales. También conviene confirmar en qué idioma puede atenderte, qué herramientas digitales utiliza y quién será tu contacto habitual.
Más que un gasto administrativo, una buena gestoría puede ser una inversión en tranquilidad. Te ayuda a evitar errores, cumplir plazos y dedicar más tiempo a la parte comercial y operativa de tu negocio.
Guía práctica paso a paso: cómo abrir tu empresa en España
Estos son los pasos esenciales para una persona extranjera que quiere emprender en España. El orden puede variar según tu nacionalidad, tu situación de residencia, la forma jurídica elegida y el tipo de actividad.
- Revisa tu situación de ciudadanía y residencia: comprueba si, por ser ciudadano de la UE, puedes iniciar los trámites directamente, o si necesitas una autorización de residencia y trabajo por cuenta propia, una autorización para emprendedores u otra vía de extranjería.
- Obtén el NIE: solicítalo en la Oficina de Extranjería, en una comisaría habilitada o en el consulado español correspondiente, según dónde te encuentres.
- Define la actividad y elige la forma jurídica: autónomo, SL, SLU, sucursal u otra estructura, según el nivel de riesgo, la inversión prevista, la fiscalidad y si vas a trabajar solo o con socios.
- Reserva el nombre de la sociedad: si vas a constituir una SL o SLU, solicita la certificación negativa de denominación social en el Registro Mercantil Central.
- Prepara el capital social y la escritura: si aportas capital dinerario, abre la cuenta correspondiente, prepara los estatutos y firma la escritura de constitución ante notario.
- Date de alta en Hacienda: presenta el modelo 036 o 037, según corresponda, e informa de la actividad, el régimen fiscal aplicable y los datos censales necesarios.
- Tramita el alta en la Seguridad Social: si vas a trabajar como autónomo, date de alta en el RETA. Si constituyes una sociedad, revisa el encuadramiento correcto de socios y administradores y las obligaciones de la empresa.
- Inscribe la sociedad en el Registro Mercantil provincial: este paso es necesario para que una SL adquiera plena personalidad jurídica.
- Completa el NIF definitivo: una vez inscrita la sociedad, termina los trámites necesarios ante la Agencia Tributaria para disponer del NIF definitivo.
- Organiza la cuenta de empresa y los cobros: separa los fondos del negocio y elige cómo vas a aceptar pagos: TPV, pagos online, enlaces de pago u otras soluciones adecuadas para tu actividad.
- Verifica licencias, seguros y autorizaciones: consulta los requisitos del ayuntamiento, de la comunidad autónoma y de cualquier organismo sectorial que pueda afectar a tu negocio.
- Contrata una gestoría y establece tu rutina fiscal: organiza las declaraciones periódicas, la contabilidad, las nóminas si hay empleados y el seguimiento de plazos.
Cuanto más ordenada esté la documentación desde el primer día, menos tiempo perderás en correcciones posteriores y más fácil será la relación con administraciones, bancos, proveedores y clientes.
Conclusión
Abrir una empresa en España siendo extranjero implica coordinar trámites con varias administraciones: Hacienda, la Seguridad Social, el Registro Mercantil, la Oficina de Extranjería cuando corresponda y, en muchos casos, el ayuntamiento o la comunidad autónoma para licencias y autorizaciones sectoriales. No siempre es un proceso sencillo, pero con planificación y buen asesoramiento puede abordarse con más seguridad.
Los pasos clave son claros: obtener el NIE cuanto antes, elegir una forma jurídica adecuada, completar el alta en Hacienda y en la Seguridad Social, revisar los requisitos de extranjería si no eres ciudadano de la UE y apoyarte en una gestoría que conozca bien este tipo de casos.
También conviene preparar desde el principio la forma en que vas a cobrar. Un TPV puede ayudarte a aceptar pagos con tarjeta, contactless y carteras digitales, además de mantener un registro más ordenado de las operaciones del negocio.
Si estás pensando en dar el paso, myPOS puede ayudarte con soluciones de pago para tu negocio en España, desde terminales de pago hasta una cuenta de dinero electrónico para empresas. Puedes consultar las opciones disponibles en la página de datáfonos de myPOS.
Preguntas frecuentes
¿Puede un extranjero montar un negocio en España?
Sí. Una persona extranjera puede constituir una empresa en España o darse de alta como autónomo, pero los requisitos dependen de tu nacionalidad, tu residencia y el papel que vayas a tener en el negocio. Si eres ciudadano de la UE, del EEE o de Suiza, el proceso suele ser más directo. Si eres ciudadano no comunitario y quieres trabajar personalmente en España, necesitarás la autorización de residencia y trabajo que corresponda antes de iniciar la actividad.
¿Cuánto cuesta crear una empresa en España siendo extranjero?
Depende de la forma jurídica y del tipo de actividad. Si te das de alta como autónomo, los costes iniciales suelen ser más bajos, aunque deberás tener en cuenta la cuota a la Seguridad Social, la gestoría si la contratas y los impuestos que correspondan. Si constituyes una SL, la ley permite hacerlo con un capital mínimo de 1 euro, aunque cuando el capital social es inferior a 3.000 euros se aplican reglas especiales, por lo que muchas sociedades siguen aportando 3.000 euros desde el inicio. También debes contar con posibles costes de notaría, Registro Mercantil, gestoría, licencias y herramientas de cobro.
¿Necesito residir en España para tener una empresa aquí?
No necesariamente. Puedes ser socio o propietario de una empresa española sin residir en España, pero eso no significa que puedas trabajar personalmente en el negocio desde territorio español. Para ejercer una actividad por cuenta propia o gestionar el negocio desde España, tendrás que cumplir los requisitos de residencia y trabajo que correspondan a tu situación. Además, la empresa deberá cumplir sus obligaciones fiscales, registrales y societarias en España.
¿Qué visado necesito para emprender en España?
Si eres ciudadano de la UE, del EEE o de Suiza, no necesitas un visado para emprender en España, aunque sí tendrás que completar los trámites administrativos correspondientes. Si eres ciudadano no comunitario, la vía dependerá de tu proyecto y de tu situación. Puedes necesitar una autorización de residencia y trabajo por cuenta propia o, si tu proyecto es innovador y tiene especial interés económico para España, una autorización para emprendedores regulada por la Ley 14/2013. La residencia para inversores de la Ley 14/2013, conocida en muchos casos como Golden Visa, dejó de estar disponible con efectos desde el 3 de abril de 2025. El cambio dejó sin contenido los artículos de la ley que regulaban el visado y la autorización de residencia para inversores, incluidas sus formas de acreditación y duración.
¿Puedo ser autónomo en España sin hablar español?
Técnicamente, sí. La ley no exige hablar español para darte de alta como autónomo. En la práctica, sin embargo, muchos trámites con Hacienda, la Seguridad Social, el ayuntamiento o la Oficina de Extranjería se realizan en español. Si todavía no dominas el idioma, contar con una gestoría o asesoría que pueda atenderte en tu idioma puede ayudarte a evitar errores y entender mejor tus obligaciones.
¿Qué es la tarifa plana de autónomos y puedo acceder a ella siendo extranjero?
La tarifa plana, o cuota reducida para nuevas altas de autónomos, es una bonificación que puede reducir la cuota inicial a la Seguridad Social cuando empiezas una actividad por cuenta propia y cumples los requisitos. La nacionalidad extranjera no te excluye automáticamente, pero si eres ciudadano no comunitario tendrás que contar primero con la autorización que te permita trabajar por cuenta propia en España. Como el importe, la duración y las condiciones pueden cambiar, conviene verificarlos con la Seguridad Social o con una gestoría antes de darte de alta.
¿Tengo que usar una gestoría obligatoriamente?
No siempre es obligatorio, pero sí muy recomendable, sobre todo si eres extranjero, no conoces bien el sistema español o vas a constituir una sociedad. Una gestoría puede ayudarte con el alta en Hacienda y Seguridad Social, las declaraciones fiscales, la contabilidad, las nóminas, las licencias y la coordinación con notaría o Registro Mercantil. Antes de contratar una, revisa qué incluye el servicio y si tiene experiencia con emprendedores extranjeros.
¿Cómo puedo cobrar con tarjeta en mi negocio en España?
Para cobrar con tarjeta en un negocio físico, necesitas un TPV o datáfono que permita aceptar pagos con tarjeta, contactless y, cuando el proveedor lo admita, carteras digitales como Apple Pay o Google Pay. Con myPOS puedes solicitar un terminal de pago y utilizar una cuenta de dinero electrónico para empresas en la que se liquidan los fondos procedentes de pagos con tarjeta. Antes de contratar cualquier solución, revisa las tarifas, condiciones, sectores admitidos y documentación necesaria.







